La Ley de segunda oportunidad ayuda al 95 % de las personas que recurren a ella
Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad se denomina oficialmente Ley 25/2015 de Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de la Carga Financiera y otras Medidas de Orden Social. Es una norma que te permite, tanto si eres un particular como si estás dado de alta como autónomo, renegociar las deudas e incluso cancelarlas de manera parcial o total. Su objetivo es que, si te encuentras en una situación de insolvencia o quiebra, puedas salir de ella. No obstante, esto no perjudica a tus acreedores en sus derechos de cobro. Más adelante, veremos quiénes pueden acogerse a esta ley, pero ahora explicaremos cómo funciona. Sus pasos son los siguientes:- Solicitud al juzgado de lo mercantil. El proceso se inicia una vez que se solicita al juzgado de lo mercantil correspondiente. Junto a la petición, debes incorporar los documentos que atestigüen que cumples con los requisitos.
- Inicio de la fase judicial. Podrás elegir entre exoneración de deudas con liquidación de activo o sin liquidación, aunque incluyendo un plan de pagos. Te aconsejamos esta última opción, ya que te posibilita conservar tu vivienda y tus activos empresariales. Asimismo, te cancelarán una parte de tus deudas, mientras que el resto irás pagándolo a través de un plan a tres o cinco años.
- Presentación a los acreedores. Una vez que has hecho tu propuesta al juzgado, la comunicará a tus acreedores. Estos pueden aceptarla, rechazarla o introducir alegaciones. En el primer caso, el juez aceptará ese plan de pagos y, finalmente, aprobará la exoneración definitiva de la otra parte que debes.
Beneficiarios de la Ley de Segunda Oportunidad
Ya has visto los pros y contras de la Ley de Segunda Oportunidad. Sin embargo, no todos los que tienen deudas pueden acogerse a ella. Se tiene muy en cuenta que seas deudor de buena fe, como te explicaremos. En cuanto a la Ley de Segunda Oportunidad y los requisitos para acogerte a ella, estos son los principales:- Ser residente en España y demostrar que no tienes suficiente patrimonio como para abonar lo que debes.
- Ser deudor de buena fe. Significa que has demostrado ser siempre buen pagador, pero ahora atraviesas una mala situación económica. Por ello, no puedes haber sido condenado por delitos económicos o de patrimonio contra alguna institución pública.
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